¿Quién tiene los derechos de los villancicos?

Los villancicos, además de composiciones musicales, son considerados obras protegidas bajo la Propiedad Intelectual, derivándose en derechos morales y de explotación para su autor.

¿Qué villancicos no tienen derechos de autor?

Por el otro lado, ejemplos de villancicos no sujetos a derechos de autor y, por tanto, de libre disposición son:

  • Ande la Marimorena.
  • Noche de Paz.
  • Fum, Fum, Fum, 25 de diciembre.
  • Los peces en el río.
  • Pastores venid.
  • Dulce Belén.
  • Vamos compañeros hacia Belén.
  • Al Niño Querido.

¿Qué villancicos son de dominio público?

«Los villancicos de dominio público son aquellos porque la obra es anónima o pseudoanónima o bien porque han pasado 70 u 80 años desde el fallecimiento del autor», aclara.

¿Cuáles son los villancicos sujetos a derechos de autor?

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Como ejemplo de villancico sujeto a derechos de autor, encontramos “Feliz Navidad” de José Feliciano, que creó en el año 1970. Aun así, dado que este hombre continúa vivo, seguirá disfrutando de los royalties y cánones por el uso de su canción durante mucho tiempo.

¿Dónde se conservan las composiciones del villancico?

En Colombia, la mayoría de las composiciones correspondientes al género del villancico se conservan en el Archivo musical de la catedral de Bogotá, el cual se inició con la traída de los primeros libros corales desde España y es considerado el documento más antiguo del continente.

¿Cuál es el origen de los villancicos?

El origen de los villancicos hay que buscarlos en su propio nombre «villa», y es que estos cantos son precisamente las canciones que se cantaban en la villa para contar la vida cotidiana y, de esta manera, estos actos, hábitos y vivencias quedaban registrados en la memoria siendo transmitidos de generación en generación.

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¿Por qué los villancicos son tan antiguos?

Es algo, además, muy habitual en los villancicos. Muchos de ellos son tan antiguos que ni siquiera hay un registro oficial de esas canciones. Simplemente, ha sido la tradición oral la que ha hecho acto de presencia. Hay que destacar un concepto, que nos explica Tomás de Carranza, que es el de ‘obras huérfanas de autor’ .