¿Quién o quiénes pueden presentar un proyecto de ley?

Pueden presentar proyectos de ley o de reforma constitucional, un número de ciudadanos igual o superior al 5\% del censo electoral existente en la fecha respectiva o el 30 por ciento de los concejales o diputados del país.

¿Cuáles son los actores legislativos?

Los actores facultados para intervenir en el proceso legislativo son:

  • El Presidente de la República, para presentar iniciativas, promulgar leyes y decretos.
  • Las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, para presentar iniciativas y avalar reformas constitucionales.

¿Cuáles son los actores sociales informales?

Entre los principales actores están los medios de comunicación, el Poder Ejecutivo Federal, la Sociedad Civil, los grupos empresariales, etc. El Congreso Mexicano requiere de nuevas normas y reglamentos que subsanen las lagunas legales que existen y mediante las cuales los actores mencionados ejercen su fuerza.

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¿Qué son los actores sociales formales?

En la toma de dichas decisiones están interviniendo tanto actores sociales formales –Gobierno, Empresarios y Sindicatos– quienes constituyen coaliciones en el proceso de las decisiones que se toman, como un actor económico no formal, la élite empresarial.

¿Qué son los proyectos de ley?

En los países latinoamericanos como por ejemplo México o Uruguay no existe esta distinción, y los proyectos de ley se denominan a toda la iniciativa legislativa aprobada por la cámara de los diputados. Además, en estos países el proyecto de ley puede ser iniciado por el Gobierno, por las cámaras o por la ciudadanía.

¿Cuáles son las principales características del proyecto de ley?

Las principales características del proyecto de ley son: Dependiendo del país en el que nos encontremos pueden ser presentados por distintas autoridades, en España, los proyectos de ley solo pueden ser presentados por el Gobierno. Son el principio de la iniciativa legislativa. Deben ser aprobadas por las dos cámaras parlamentarias.

¿Cuál es la diferencia entre un proyecto y una proposición de ley?

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Los proyectos de ley se presentan únicamente por el Gobierno como manifestación de su poder para hacer efectivo su programa político, en cambio las proposiciones de ley se pueden presentar por el congreso, el senado e incluso la iniciativa popular.

Quiénes presentan proyectos de ley:

  • Los miembros del Congreso.
  • El Gobierno a través del Ministro del ramo.
  • La Corte Constitucional.
  • La Corte Suprema de Justicia.
  • El Consejo de Estado.
  • El Consejo Superior de la Judicatura.
  • El Consejo Nacional Electoral.
  • El Procurador General de la Nación.

¿Cuántos ciudadanos pueden presentar proyectos de ley?

«Podrán presentar proyectos de ley o de reforma constitucional, un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento del censo electoral existente en la fecha respectiva o el treinta por ciento de los concejales o diputados del país (…)».

¿Quién puede presentar un proyecto de ley?

¿Quién puede presentar proyectos? La Constitución Nacional prevé que la Cámara de Diputados, la de Senadores y el Poder Ejecutivo pueden presentar para su tratamiento en el Congreso un proyecto de ley.

¿Quién puede presentar un proyecto de ley en el Congreso?

La Constitución Nacional prevé que la Cámara de Diputados, la de Senadores y el Poder Ejecutivo pueden presentar para su tratamiento en el Congreso un proyecto de ley. El artículo 39 de la norma fundamental establece además que «los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados».

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¿Qué pasa si el presidente rechaza el proyecto de ley?

Cuando la legislación es aprobada en el Congreso, va a la Casa Blanca, donde el largo viaje de meses o años del proyecto de ley puede terminar con la firma del presidente. Si el presidente firma el proyecto de ley, este se convierte en ley. Si el presidente rechaza la legislación, o lo veta, no es necesariamente el final del proyecto.

¿Cuándo puede entrar una iniciativa en la ccámara de senadores o diputados?

La iniciativa puede entrar por la Cámara de Senadores o Diputados, siempre y cuando no invada la competencia de la otra, por ejemplo, si la iniciativa tiene que ver con temas cuya facultad son exclusivas de los diputados, la iniciativa tendrá que entrar por esa Cámara, y vicerversa.