¿Qué pasa si alguien se hace pasar por mí?
Acceder a la cuenta de otro usuario y hacerse pasar por él. Este hecho es denunciable ya que vulnera la privacidad de la víctima además el ciberdelincuente habría cometido un doble delito ya que para conseguir las credenciales de acceso tendría que usar una práctica ilícita.
¿Cómo se castiga la usurpación de identidad?
Artículo 211 Bis. Al que por cualquier medio usurpe, con fines ilícitos, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la usurpación en su identidad, se le impondrá una pena de uno a cinco años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa.
¿Qué delito es tener doble identidad?
– Comete el delito de suplantación de identidad quien se atribuya por cualquier medio la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, produciendo con ello un daño moral o patrimonial u obteniendo un lucro o un provecho indebido para sí o para otra persona.
¿Cómo denunciar un WhatsApp que se hace pasar por mí?
Tras recibir un mensaje indeseado o constatar actitudes inapropiadas por parte de cualquier contacto, abrimos dicha conversación en WhatsApp y pulsamos sobre el nombre del susodicho. 2. Deslizamos hacia abajo en la pantalla ‘Info. del contacto’, seleccionando la opción ‘ Reportar contacto’.
¿Cómo denunciar a una persona que se hace pasar por mí en Facebook?
En la parte derecha de la cuenta de esa persona, haz clic en Privacidad y ayuda. Haz clic en Denunciar. Selecciona Se hace pasar por otra persona como categoría. Selecciona a la persona a la que están suplantando y haz clic en Enviar denuncia.
¿Cómo hacer una denuncia por usurpación de identidad?
En caso de ser víctima de suplantación de identidad, debe denunciar el hecho ante la Fiscalía General de la Nación y dirigirse a la empresa donde ha sido suplantado para presentar la reclamación correspondiente.
¿Cuál es la sancion por Suplantacion de identidad?
La suplantación de identidad está tipificada en el artículo 212 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena de cárcel de uno a tres años a quien cometa este delito. La falsificación de documentos está en el artículo 328 y dispone de cinco a siete años de cárcel.
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