Tabla de contenido
- 1 ¿Qué obligación tiene el periodista con la fuente?
- 2 ¿Qué obligación tiene un periodista con respecto a los secretos profesionales que conoce?
- 3 ¿Cuál es la fuente de una noticia ejemplo?
- 4 ¿Qué derecho tiene un periodista?
- 5 ¿Qué artículo de la Constitución habla del secreto profesional?
- 6 ¿Qué garantía y que responsabilidad implica el llamado secreto de las fuentes?
- 7 ¿Cuáles son las fuentes que pueden consultar para saber sobre una noticia?
¿Qué obligación tiene el periodista con la fuente?
El periodista, a quien la fuente haya pedido guardar en secreto su identidad, no deberá revelarla en ningún caso y respetará la decisión de la fuente ante cualquier tipo de presión. Parágrafo único: En ningún caso el periodista debe revelar el secreto profesional.
¿Qué obligación tiene un periodista con respecto a los secretos profesionales que conoce?
El secreto profesional es un derecho del periodista, a la vez que un deber que garantiza la confidencialidad de las fuentes de información. Por tanto, el periodista garantizará el derecho de sus fuentes informativas a permanecer en el anonimato, si así ha sido solicitado.
¿Que se protege con el secreto de las fuentes de información periodística?
En el secreto de las fuentes de información periodística el contenido de lo informado es lo que se divulga, lo que se conoce, lo que se ampara es la fuente de información, conservándola en el anonimato.
¿Cuál es la fuente de una noticia ejemplo?
Es cualquier entidad, persona, hecho o documento que provee de información al periodista para que este tenga elementos suficientes para elaborar una noticia o cualquier otro género informativo. Los periodistas no siempre pueden estar presentes en el momento en que se desarrollan los acontecimientos.
¿Qué derecho tiene un periodista?
El Estado garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa.
¿Cuál es la ley del secreto profesional?
CÓDIGO PENAL DE NACIÓN • Artículo 156. Secreto Profesional. Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años al que teniendo noticias, por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación pueda causar daño, lo revelare sin justa causa.
¿Qué artículo de la Constitución habla del secreto profesional?
Artículo 15°. El derecho al secreto profesional asiste igualmente a cualquier otro informador involucrado en el proceso informativo que hubiera podido conocer indirectamente la identidad de la fuente reservada.
¿Qué garantía y que responsabilidad implica el llamado secreto de las fuentes?
1) El secreto de las fuentes periodísticas tiene fundamento constitucional en la libertad de información. Sirve para mantener el flujo de información y con ello la búsqueda y difusión de información que están expresamente protegidas por la CN (vía Pacto de San José).
¿Que se entiende por secreto de fuente?
Este principio establece el derecho de todo comunicador social a negarse a revelar las fuentes de información como así también el producto de sus investigaciones a entidades privadas, terceros, autoridades públicas o judiciales.
¿Cuáles son las fuentes que pueden consultar para saber sobre una noticia?
Políticos (Legisladores, oposición) Agencias de noticias y medios (Telam, radios, diarios) Organizaciones de la sociedad civil (ONG’s, asociaciones de consumidores, cámaras de comerciantes ) Sociedad (Vecinos, comerciantes, testigos eventuales)