Tabla de contenido
- 1 ¿Qué es el recurso penal?
- 2 ¿Qué es un recurso de queja en materia penal?
- 3 ¿Cuáles son los recursos ordinarios y extraordinarios en materia penal?
- 4 ¿Cuándo es procedente el recurso de queja?
- 5 ¿Cuáles son los recursos que existen en materia civil?
- 6 ¿Cuáles son los diferentes recursos que caben en el orden penal?
- 7 ¿Cuál es el procedimiento que regula la responsabilidad penal de los menores?
¿Qué es el recurso penal?
El recurso en estricto sentido, supone siempre un procedimiento anterior en que se dictó una resolución contraria a los intereses del recurrente y que le irrogó agravios.
¿Cuáles son los recursos en el derecho penal?
Son recursos ordinarios la reposición y la apelación. Salvo la sentencia la reposición procede para todas las decisiones y se sustenta y resuelve de manera oral e inmediata en la respectiva audiencia.
¿Qué es un recurso de queja en materia penal?
El recurso de queja es un medio de impugnación extraordinario a disposición de las partes en un proceso judicial ante inadmisiones de recursos. Este recurso es un remedio legal por el que las partes intentan que se admita un recurso, el cual ha sido inadmitido por el tribunal ante el que se prepara.
¿Qué es un recurso de apelación penal?
El recurso de apelación penal es la vía que se abre para manifestar la contraposición a las resoluciones del juez de instrucción. Solo se podrá interponer un recurso de apelación penal en los casos que especifique la ley.
¿Cuáles son los recursos ordinarios y extraordinarios en materia penal?
Son ordinarios los de reposición, apelación, queja y súplica. Son extraordinarios el de casación, revisión y súplica en el contencioso administrativo.
¿Cuándo procede el recurso de queja?
El artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo establece que el recurso de queja procede contra la resolución que no admita expresamente el recurso de revisión y que por su naturaleza trascendental y grave pueda causar perjuicio a alguna de las partes no reparable en la sentencia definitiva.
¿Cuándo es procedente el recurso de queja?
Es importante señalar que la queja sólo podrá presentarse dentro del plazo de un año, a partir de que se inició la violación a los derechos humanos. Sin embargo, cuando se trate de violaciones graves a los derechos fundamentales, la CNDH podrá ampliar dicho plazo.
¿Cuándo se interpone el recurso de apelación penal?
El recurso de apelación en el código de procedimiento penal De esta manera, el momento oportuno para interponer el recurso de apelación, se da cuando el juez ha terminado de exponer la providencia objeto de impugnación.
¿Cuáles son los recursos que existen en materia civil?
Los recursos ordinarios se dividen o clasifican en horizontales y verticales: son horizontales aquellos de los que corresponde resolver al mismo juzgador que emitió la resolución recurrida en la misma instancia en que se substancia el asunto; ejemplo de éstos en los juicios civiles y familiares son el de revocación y …
¿Cuáles son los recursos en materia penal?
Recursos en materia penal. Los recursos son medios de impugnación establecidos en las leyes, para corregir, revocar, o anular los actos y las resoluciones judiciales cuando tiene deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia. Recursos ordinarios son: -Apelación. -Denegada apelación. -Revocación. -Queja.
¿Cuáles son los diferentes recursos que caben en el orden penal?
Dentro de los distintos recursos que caben en el orden penal vamos a exponer en una primera parte los recursos ordinarios, devolutivos y no devolutivos, para en una segunda entrada hacer lo propio con el recurso extraordinario de casación.
¿Qué son los recursos judiciales?
Los recursos son medios de impugnación establecidos en las leyes, para corregir, revocar, o anular los actos y las resoluciones judiciales cuando tiene deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia. -Apelación. -Denegada apelación.
¿Cuál es el procedimiento que regula la responsabilidad penal de los menores?
En el procedimiento que regula la Responsabilidad Penal de los Menores, los autos y providencias de los Jueces de Menores podrán ser recurridos en reforma ante el Juez de Menores; el auto que resuelva la impugnación de la providencia podrá ser recurrido en apelación (apartado 2 del art. 41 de la LORRPM).