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¿Cuándo se presentan las excepciones perentorias?
1462, las excepciones perentorias de pleito acabado deben interponerse antes de la litiscontestación, mientras que las perentorias comunes han de proponerse en la contestación a la demanda.
¿Cuándo deben proponerse las excepciones?
Artículo 2. – Las excepciones deben, a pena de inadmisibilidad, ser presentadas simultáneamente y antes de toda defensa al fondo o fin de inadmisión. Se procederá de igual forma cuando las reglas invocadas en apoyo de la excepción sean de orden público.
¿Qué condiciones se requiere para que puede invocarse la cosa juzgada?
Para que exista cosa juzgada deben concurrir tres elementos y que son los siguientes: 1) La identidad subjetiva o eaedem personae, esta se produce cuando intervienen las mismas partes que siguieron un juicio o sus sucesores en el derecho, que es justamente el caso en estudio; 2) La identidad objetiva o eadem res.
¿Cuándo se interponen las excepciones dilatorias?
Las excepciones dilatorias siguen la tramitación general de los incidentes. Así lo ordena el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil. Que se tramiten como incidente, implica que del escrito en que se formulan las excepciones dilatorias, se da traslado por el término de 3 días.
¿Cuándo alegar excepciones procesales?
Se deben alegarse en el momento de contestar a la demanda. Son defectos procesales que no tienen incidencia en el fondo del asunto. Por lo tanto impiden que el Juez entre a valorar el fondo del asunto, dejándose sin Juzgar lo solicitado en la demanda del actor.
¿Cuándo se puede recusar al juez?
– Las partes, sus defensores o mandatarios, podrán recusar al juez sólo cuando exista uno de los motivos enumerados en el artículo 55. Art. 59. – La recusación deberá ser interpuesta, bajo pena de inadmisibilidad, por un escrito que indique los motivos en que se basa y los elementos de prueba, si los hubiere.
¿Cuál es la oportunidad procesal en que puede invocarse la cosa juzgada?
Es cuando un tribunal declara que un juicio ha quedado definitivamente resuelto, impidiendo de esta manera que se pueda interponer nuevamente una demanda o recurso sobre el mismo caso. Ejemplo: «Si luego de dictada la sentencia no se apela de la misma, opera la cosa juzgada».
¿Cuándo se da la cosa juzgada?
Una resolución adquiere la autoridad de cosa juzgada cuando: No proceden contra ella otros medios impugnatorios que los ya resueltos; o. Las partes renuncian expresamente a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos.