¿Cuáles son los pasos para realizar un embargo?

Para llegar a un embargo, es necesario que el deudor caiga en mora, pues es una condicionante para que el acreedor interponga una demanda con la finalidad de iniciar un juicio ejecutivo mercantil y así, un juez especializado en la materia determine si el embargo procede o no.

¿Quién puede ejecutar un embargo?

1. El embargo debe practicarlo un actuario o ejecutor judicial, quien es funcionario del juzgado y asistirá al domicilio del deudor acompañado del abogado del acreedor. Generalmente, el actuario trabará embargo por bienes que a su juicio valgan, cuando menos, tres veces el adeudo y sus accesorios.

¿Cuánto tiempo tarda el juzgado en pagar un embargo?

A través del Juzgado de Primera Instancia de la localidad del deudor se entrega la demanda al deudor, que dispone de 20 días para realizar el pago.

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¿Qué es el embargo de empresas?

Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas. Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo. En algunos casos podrá decretarse el embargo de empresas, siempre y cuando resulte preferible el embargo del patrimonio de la misma.

¿Cómo se clasifican los embargos?

Podemos clasificar los embargos en dos tipos, aunque podríamos realizar muchas más clasificaciones pero por la forma de resolución, dos tipos pueden resultar adecuados.

¿Qué son los embargos administrativos?

Los embargos administrativos pueden ser realizados por cualquier ente público tras el plazo de pago de forma voluntaria en que se empieza la vía ejecutiva en que además de la deuda se aplica recargo de apremio, intereses de demora y costas del procedimiento.

¿Cómo ejecutar una orden de embargo?

En el momento en que se produce una orden de embargo lo más habitual es ejecutarlo primero sobre los bienes del deudor que son susceptibles de una venta fácil y que tengan menos valor para el afectado.

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