¿Cómo se divide el sistema judicial colombiano?

Corte Suprema de Justicia. Consejo de Estado. Corte Constitucional. El Consejo Superior de la Judicatura.

¿Cómo está compuesta la Corte Suprema de Justicia?

Está compuesta por cinco miembros nombrados por el Presidente de la Nación, con acuerdo del Senado de la Nación con mayoría especial de dos tercios, luego de un procedimiento público para garantizar la participación y control ciudadano, así como el equilibrio de género y regional.

¿Cómo está organizado el sistema judicial colombiano?

La Rama Judicial en Colombia está constituida funcionalmente por cuatro cinco jurisdicciones (Ordinaria, Contenciosa Administrativa, Constitucional, Disciplinaria y especiales) de las cuales se desprenden correspondientemente cuatro altas cortes para las primeras cuatro jurisdicciones, a saber: la Corte Suprema de …

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¿Cómo se estructura el Poder Judicial?

El poder judicial se estructura en una serie de instancias o cortes. cada una de ellas constituye un peldaño de una pirámide: las superiores tienen más autoridad que las inferiores, así que las decisiones de las primeras no pueden ser contrarrestadas por las segundas.

¿Cuál es la cuarta unidad del sistema judicial?

La cuarta unidad del sistema judicial es la Oficina de Administración de Tribunales (OAT), la cual es dirigida por el juez presidente del Tribunal Supremo. La Constitución le otorga a este la responsabilidad exclusiva de administrar la Rama Judicial.

¿Cuáles son las bases del Poder Judicial?

Las bases de su accionar son los textos constitucionales (códigos penales, civiles, etc.) y los tratados internacionales de justicia (como los derechos humanos). El poder judicial es distinto del poder legislativo y del poder ejecutivo, a quienes sirve de contrapeso.

¿Cuáles son los órganos judiciales?

El Órgano Judicial está constituido por la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y los juzgados que la ley establece, que ejercen la administración de justicia en lo judicial de una manera permanente ( artículo 202 de la Constitución Política de la República y el artículo 3 del Código Judicial ).

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