¿Como debe ser la atención al paciente?

La cordialidad, siempre: el trato no debe ser distante o indiferente; es importante que quien esté en contacto con el paciente/cliente sea atento y agradable. A nadie le gusta esperar: La atención debe ser eficiente, por ello debemos valorar el tiempo de nuestros pacientes.

¿Cuándo es recomendable acudir al médico?

Acuda a una sala de emergencias o a un centro de atención de urgencia de inmediato ante los siguientes síntomas: Fiebre superior a 101 °F. Dificultad para respirar. Dolor en el pecho.

¿Que hacer y dónde acudir si se vulneran mis derechos como paciente?

Susalud permanece vigilante para evitar alguna vulneración de los derechos en salud y se pone a disposición para hacer sus consultas y denuncias a través de la línea gratuita 113 SALUD, desde cualquier teléfono fijo o celular, de cualquier operador a nivel nacional.

¿Cómo hacer valer la Ley de urgencia?

Requisitos para que opere ley de Urgencia:

  1. El problema de salud debe ser urgencia vital o secuela funcional grave.
  2. La condición de Urgencia vital, deberá ser certificada por escrito y firmada por un médico cirujano del servicio de urgencia, en el cual la persona afectada esté siendo atendida.
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¿Qué pasa si se vulneran los derechos del paciente?

¿Qué pasa si no se respetan mis derechos al recibir atención médica? Según la Ley N°20.584, la persona podrá reclamar en la medida que sienta vulnerado sus derechos ante el consultorio, hospital, clínica o centro médico privado en el cual fue atendido.

¿Cuándo se activa la Ley de urgencia?

a la Ley de Urgencia Si la persona cree que hubo una atención de Urgencia Vital o emergencia y ésta no fue reconocida como tal por el Fonasa o la Isapre y, por lo tanto, fue negado el préstamo legal contemplado en la ley, la persona beneficiaria o quien le represente debe reclamar en la Superintendencia de Salud.

¿Qué se necesita para que te atiendan en el centro de salud?

Los requisitos para afiliarse bajo esta modalidad son:

  1. Identificación oficial del titular (INE, Cartilla del SMN ó Pasaporte)
  2. CURP del titular y los beneficiarios, en caso de no contar con CURP presentar el acta de nacimiento.
  3. Comprobante de domicilio actual (agua, teléfono o predial con una vigencia no mayor a 90 días)
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