¿Quién pinta la pared medianera?
En concreto, para este caso el código civil dice: Artículo 577. Todo propietario puede alzar la pared medianera, haciéndolo a sus expensas e indemnizando los perjuicios que se ocasionen con la obra, aunque sean temporales.
¿Cómo obligar a mi vecino a poner su Contrabarda?
Lo primero que recomiendo es solicitar un deslinde ante el departamento de Catastro para verificar las colindancias (puede darse el caso de que usted este confundido con las medidas) y a partir de ahí, pedir el apoyo legal en un dado caso, de solicitar al vecino que arregle su situación.
¿Cuánto se deja de Contrabarda?
El reglamento de construcciones de la Ciudad de México indica que la separación mínima es de 5 centímetros, y esta dimensión deberá incrementarse en función de la altura de los paramentos contiguos.
¿Qué hacer si tu vecino no arregla gotera?
Entonces, deberás hablar tanto con tu vecino como con el fontanero. Si este primero se niega a arreglar la gotera, tendrás que enviarle un documento tanto al él como a la comunidad de propietarios con la explicación del problema y con todas las pruebas documentales posibles (fotografías, vídeos, emails, etc.).
¿Qué hacer cuando el vecino de arriba te moja?
Lo que hace el abogado en estos casos es enviar al vecino causante de la gotera una reclamación previa informando de lo ocurrido y pidiendo la reparación de los daños. Si la otra parte se sigue negando, entonces hay que interponer una demanda. El proceso judicial seguido en estos casos es rápido y sencillo.
¿Cómo saber si la pared es mía o del vecino?
El muro se construye de manera que la mitad del grosor de todo el muro se encuentra a cada lado del límite entre los dos edificios contiguos. También se considera que un muro es medianero si se encuentra íntegramente en el terreno de un propietario y es utilizado por dos o más propietarios para separar sus edificios.
¿Quién es el dueño de la medianera?
2730. – La medianería da derecho a cada uno de los condóminos a servirse de la pared o muro medianero para todos los usos a que ella está destinada según su naturaleza, con tal que no causen deterioros en la pared, o comprometan su solidez, y no se estorbe el ejercicio de iguales derechos para el vecino.