¿Qué dice la ley 1 2004?

Por esta ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.

¿Cuál es la actual ley de Violencia de Género?

– Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así …

¿Qué derechos tienen las trabajadoras por cuenta ajena víctimas de Violencia de Género?

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Derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito. Derechos laborales y de Seguridad Social. Derecho a ayudas sociales en caso de víctimas con pocos recursos y escasa formación y posibilidades de acceso a un empleo. Derecho de prioridad en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores.

¿Cuáles son las provincias que ya aprobaron una ley de juicios?

A nivel local, hay 10 provincias que ya aprobaron una ley que regula este tipo de juicios: Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se sumó en octubre de 2021. Cuáles son los principios y cómo funciona este sistema.

¿Por qué los jueces profesionales pueden estar en desacuerdo con el jurado?

Se necesita también de la mayoría para poder condenar a alguien, y los jueces profesionales pueden estar en desacuerdo con el jurado: lo que cuenta es haber alcanzado la mayoría de votos. Si el jurado declara que la persona no es culpable, esta decisión no puede ser apelada y la persona queda definitivamente absuelta.

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¿Cuál es la diferencia entre el juez y el jurado?

La pena es luego establecida por el juez, que está presente durante todo el proceso y los guía, explicándoles su rol y manteniendo el orden y disciplina de las partes durante el proceso. Durante el proceso el jurado es un mero observador, sin posibilidad de intervenir en las exposiciones de las partes.

¿Cómo puedo pedir la disolución del jurado?

Una vez concluidos los informes de la acusación, la defensa puede solicitar del Magistrado-Presidente, o éste decidir de oficio, la disolución del Jurado si estima que del juicio no resulta la existencia de prueba de cargo que pueda fundar una condena del acusado.